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Tribuna madri+d. «Mecenazgo de la investigación»

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Hace unos meses, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la Agencia Tributaria, otorgó a la Fundación General CSIC (FGCSIC) el reconocimiento de “entidad que realiza la actividad prioritaria de mecenazgo”. Esto implica que todas las actuaciones de la Fundación tienen esta consideración, lo que desde un punto de vista práctico supone que las entidades privadas que realicen donaciones a su favor podrán deducir de la cuota íntegra de su declaración del impuesto sobre sociedades hasta el 40% de la aportación[1].

La notificación fue acogida con la natural alegría en la Fundación, por cuanto su actividad se hacía automáticamente más atractiva a los potenciales mecenas. Pero más aún, si cabe, por un intangible asociado a ella, el reconocimiento por parte del Gobierno de que el apoyo a la investigación constituye una prioridad de mecenazgo frente a otras actuaciones también de interés social.

Resonaban aún los ecos de la mesa redonda sobre “Mecenazgo de la investigación” que tuvo lugar dentro del Encuentro “Compromiso público-privado con la investigación y para la sociedad”[2], que organizó la Fundación en el marco de los cursos de verano de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, en Santander. Ecos que traían la general coincidencia de los participantes de que “en España se asocia mecenazgo con desgravación fiscal, lo que limita y anquilosa todo el debate social sobre la cuestión”. Una afirmación a la que parecía unirse unos meses después el propio secretario de estado de Cultura al respecto de la no aprobación de la anunciada nueva Ley de Mecenazgo, cuando en nota de prensa, decía[3]: “en la reforma fiscal va la Ley de Mecenazgo. El mecenazgo implica un soporte de incentivos fiscales, de deducciones sobre el impuesto sobre la renta y en el impuesto de sociedades. Eso es una Ley de Mecenazgo”.

En el contexto internacional, según se puso en evidencia durante la mesa redonda, el debate es vivo y se está produciendo en torno al concepto de filantropía. Un concepto más amplio que el de mecenazgo y que, aunque etimológicamente significa “amor al género humano”, hace en estos momentos dé paraguas a toda una serie de “iniciativas privadas orientadas al bien público, focalizadas en el bienestar de las personas”[4]. Entre estas iniciativas, están apareciendo nuevas figuras, que se caracterizan por ser iniciativas privadas que persiguen el bien público mediante la utilización de mecanismos y prácticas habituales del mundo de los negocios y de la economía de mercado, como por ejemplo, el capital riesgo social o filantrópico (“venture philanthropy”), la inversión de impacto (“impact investment”) y las empresas sociales (“social enterprises”).

No es momento ahora de entrar en ellas, pero su aparición muestra cómo el significado social de la filantropía está creciendo. Se reconoce el potencial, en la resolución de los grandes retos de la sociedad, de iniciativas ciudadanas, fundaciones y otras entidades de nuevo cuño, que tienen por objetivo procurar el bien común. También se llama a las empresas, en especial a las grandes corporaciones, a considerar el bien común –al menos el de sus concernidos (“stakeholders”), como parte de una estrategia de responsabilidad social empresarial (RSE).

Con todo, en este debate raramente aparece la investigación, si no es junto a su ya inseparable “i” pequeña, la innovación. Y con mucha frecuencia, aparece sólo la innovación, sin ninguna referencia a la investigación.

Como es bien sabido, la investigación puede ser considerada como un fin –generar conocimiento que satisfaga la curiosidad humana-,  pero también como un medio –generar conocimiento para otro fin, p.e., dar respuesta a los nuevos retos de la sociedad. También puede constituir el objeto sobre el que impulsar otro propósito; por ejemplo, incentivar el espíritu emprendedor de los jóvenes, o modelar el concepto de “excelencia” en la investigación.

Es interesante comprobar cómo en el actual orden de cosas, en el que parece que no se concibe investigación sin innovación, algunas fundaciones están redoblando esfuerzos, incluso concentrando sus operaciones, con el propósito de impulsar la investigación básica[5] en la frontera del conocimiento, en particular la llevada a cabo por los científicos más jóvenes. En el caso de los EEUU, algunas hacen incluso referencia a “salvar el modelo americano”, que en su visión, ha tenido mucho que ver con este tipo de investigación, digamos que no orientada, o mejor, orientada por la propia comunidad de investigadores.

Partiendo de esta realidad, parece necesario dedicar más tiempo a reflexionar sobre la forma de presentar la actividad que se lleva a cabo en los centros públicos de investigación, de modo que se convierta en un objeto cada vez más atractivo para la financiación filantrópica por la iniciativa privada. Es necesario diseñar nuevos productos y programas que aumenten la base de potenciales donantes, además de los ya comprometidos, al tiempo que entender bien cuáles son los objetivos de estos últimos para poder atenderlos mejor.

En esta línea, durante la mesa redonda se introdujo una interesante reflexión que podría ser objeto de ese necesario –y de momento, diferido, debate social sobre el mecenazgo en España y, en particular, el de la investigación. Se trataría de analizar qué nuevas fórmulas de filantropía serían posibles en el espacio que aparece entre actividades donde hay “ausencia total de ánimo de lucro” y actividades en las que el “ratio de inversión frente a lucro directo” es superior al aceptado como habitual en la actividad empresarial tradicional. Un espacio en el que por encima de la dialéctica altruismo-egoismo, es de desear que rija el principio del “win-win”, o que todas las partes ganen, por lo que la clave del éxito residirá en identificar las oportunidades de que cada una de ellas obtenga aquello que más valora, mientras cede en aspectos más importantes para las otras. En otras palabras, identificar las motivaciones reales de cada actor, los desencuentros que se pueden remediar y las coincidencias sobre las que construir.

Es interesante comprobar cómo éstas o similares reflexiones se están llevando a cabo en el seno de la Unión Europea. Quizás la más destacable, aunque sólo sea por lo innovador de la propuesta, es la de elevar la filantropía a la categoría de “instrumento de financiación” de la política europea de innovación, cuando establece como una de las medidas de acompañamiento a la ejecución del programa Horizonte 2020, la introducción de “regímenes para instar a las fundaciones y personas filantrópicas a financiar proyectos de investigación e innovación”[6]. Sin duda alguna, convendrá seguir el desarrollo de esta iniciativa.

Sobre todo ello, reflexionaremos en un nuevo Encuentro en la UIMP.

 

Jose Luis de Miguel,  coordinador de programas y estrategias de la FGCSIC



[1] Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo

[2] Poner hipervínculo al apartado correspondiente en la web de la FGCSIC https://sandbox.fgcsic.es/acciones/investigacion-y-transferencia/colaboracion

[3] Nota de prensa de la Secretaría de Estado de Cultura de 29 de setiembre de 2014 (accesible a través de  http://www.mecd.gob.es/prensa-mecd/actualidad/2014/09/20140929-ley-mecenazgo.html)

[4] “My Impact – Fundamentals of Modern Philanthropy”, CSSP – Center for Social and Sustainable Products AG, 2014 (accessible a través de http://www.myimpact.li/wp-content/uploads/2014/04/My-Impact-Fundamentals-of-Modern-Philanthropy.pdf)

[6] “Decisión del Consejo de 3 de diciembre de 2013 por la que se establece el Pro grama Específico por el que se ejecuta Horizonte 2020 – Programa Marco de Investigación e Innovación (2014-2020)”.